Superintendencia de Casinos de Juego

Buscar

Corresponde al Estado de Chile determinar, en los términos previstos en esta ley, los requisitos y condiciones bajo los cuales los juegos de azar y sus apuestas asociadas pueden ser autorizados, la reglamentación general de los mismos, como también la autorización y fiscalización de las entidades facultadas para desarrollarlos, todo lo anterior, atendido el carácter excepcional de su explotación comercial, en razón de las consideraciones de orden público y seguridad nacional que su autorización implica. Es atribución exclusiva del Consejo Resolutivo de la Superintendencia de Casinos de Juego autorizar o denegar en cada caso la explotación de casinos de juego en el territorio nacional.

La Superintendencia de Casinos de Juego, con una antelación que no podrá superar los 48 meses ni ser inferior a 36 meses, contados desde la fecha de vencimiento de los permisos en actual explotación, deberá dictar una resolución declarando formalmente abierto el proceso de otorgamiento o de renovación de permisos de operación.

Con el propósito de proveer de información relevante a los interesados y ciudadanía en general, a través de este sitio web, la Superintendencia de Casinos de Juego dará a conocer de manera oportuna las características y principales hitos de cada una de las etapas del Proceso de Otorgamiento de Permisos de Operación, a través del cual se podrá entregar hasta un máximo de 2 permisos de operación de cupos que quedarán disponibles a partir de agosto de 2024, correspondientes a los vencimientos de los permisos otorgados a Casino de Juegos del Pacífico y Casino Enjoy Santiago, cuyos permisos expiran el 27 y 29 de agosto 2024, respectivamente.

 

Apertura del Proceso