Superintendencia de Casinos de Juego

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Lista de Otorgamiento de Permisos

Contexto General

Corresponde al Estado de Chile determinar, en los términos previstos en esta ley, los requisitos y condiciones bajo los cuales los juegos de azar y sus apuestas asociadas pueden ser autorizados, la reglamentación general de los mismos, como también la autorización y fiscalización de las entidades facultadas para desarrollarlos, todo lo anterior, atendido el carácter excepcional de su explotación comercial, en razón de las consideraciones de orden público y seguridad nacional que su autorización implica. Es atribución exclusiva del Consejo Resolutivo de la Superintendencia de Casinos de Juego autorizar o denegar en cada caso la explotación de casinos de juego en el territorio nacional.  |Ley N° 19.995Reglamento del Proceso


Etapas de los procesos

Apertura del Proceso

El Proceso de Otorgamiento de Permisos de Operación para Casinos de Juego, se inicia formalmente con la publicación de una resolución de apertura por parte de la Superintendencia.

Dicha resolución señalará el plazo y lugar para el retiro y descarga de las Bases Técnicas y la fecha, hora y lugar de entrega de las Ofertas Técnicas y Económicas.

 

Consultas y Solicitudes de Aclaraciones

A contar del día en que se publica la apertura del proceso y por un plazo de 10 días hábiles, se desarrollará el periodo de recepción de consultas y solicitud de aclaraciones por parte de los eventuales postulantes, las que deben ser enviadas a la casilla de correo electrónico indicadas. La Superintendencia cuenta con un plazo de quince días hábiles para dar respuesta a las mismas.

Las casillas electrónicas según el proceso son:

  • Proceso de Puerto Varas: consultasprocesopuertovaras@scj.gob.cl  (recepción de consultas y solicitudes hasta el 12 de mayo 2025)
  • Proceso cupo en reserva Región de Aysén: consultasprocesoaysen@scj.gob.cl (cerrado)
  • Proceso un cupo a nivel nacional: consultasprocesocuponacional@scj.gob.cl (cerrado)

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Audiencia de Presentación de Ofertas

Luego de la publicación de las Bases Técnicas comienza la fase de la preparación de las Ofertas Técnicas y Económicas por parte de los interesados en postular a un permiso de operación, de acuerdo con los requerimientos establecidos en las referidas bases, para lo cual cuentan con un plazo de 90 días hábiles hasta la entrega de las mismas en la Audiencia de Presentación de Ofertas Técnicas y Económicas.

En dicha audiencia, que será pública, la Superintendencia recibirá las Ofertas Técnicas y Económicas de las sociedades postulantes al permiso de operación para los cupos disponibles.

Evaluación de Ofertas Técnicas

Dentro de los 120 días hábiles siguientes a la Audiencia de presentación de Ofertas, la Superintendencia debe llevar a cabo el proceso de evaluación de las ofertas técnicas, a través de la aplicación de una metodología, la que forma parte de las Bases Técnicas.

Junto con el cumplimiento de los requisitos legales y reglamentarios, revisión de origen y suficiencia de los fondos, las sociedades postulantes serán sometidas a una evaluación de diversos criterios y factores establecidos por ley, aplicando la ponderación que para cada uno de ellos establece el Reglamento para la Tramitación y Otorgamiento de Permisos de Operación de Casinos de Juego.

Entre estos se encuentran los informes que deben emitir el Ministerio del Interior, Servicio Nacional de Turismo,  Gobiernos Regionales y Municipalidades donde se emplazaría el establecimiento; así como también las cualidades del proyecto integral y su plan de operación. Para ello, el Superintendente/a deberá constituir al interior de la Institución, y presidido por éste, un Comité Técnico de Evaluación.

Ratificación, revisión o fin de la Evaluación Técnica

La evaluación de las ofertas técnicas, acompañando el expediente respectivo e indicando el puntaje ponderado de cada uno de los postulantes, será propuesta al Consejo Resolutivo, el que ratificará, solicitará la revisión del mismo o pondrá término a la evaluación, en su caso, en el plazo de cuarenta días hábiles contados desde la recepción de los expedientes. De requerirse la revisión de los puntajes, la Superintendenta debe pronunciarse en el plazo máximo de cinco días hábiles contados desde el requerimiento.

Una vez que el Consejo Resolutivo haya adoptado una decisión sobre la evaluación de cada proyecto postulante, la Superintendencia dictará una resolución pronunciándose sobre la misma, indicando los puntajes ponderados finales de cada uno de los postulantes y citará a la audiencia de apertura de la oferta económica a aquellos postulantes que hubiesen obtenido el puntaje mínimo ponderado, es decir, al menos un 60% de la suma total de los puntajes ponderados.

Audiencia de Apertura de Oferta Económica

Dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación de la resolución de evaluación, debe llevarse a cabo la audiencia pública de apertura de las ofertas económicas, en la cual un representante del Consejo Resolutivo debe abrir los sobres que contengan las ofertas de aquellos postulantes que hayan alcanzado el puntaje mínimo ponderado establecido en la Ley.

La oferta económica corresponde a un monto de dinero expresado en Unidades de Fomento, ofrecido por una sociedad postulante a un permiso de operación y recaudado por el Servicio de Tesorerías, que será pagado anualmente a la municipalidad correspondiente a la comuna en que se encuentre ubicado el casino.

 

Decisión final del Consejo Resolutivo

De acuerdo al resultado de la Audiencia de Apertura de la Oferta Económica, dentro de cinco días hábiles, la Superintendencia emitirá una resolución declarando la decisión final respecto a cada postulante.

En contra de las resoluciones de evaluación, y otorgamiento o denegación de los permisos de operación, se podrá interponer el recurso de reposición establecido en el artículo 9° de la Ley N° 18.575, en el plazo de cinco días hábiles contado desde el día siguiente a la notificación de la respectiva resolución. La Superintendencia dispondrá de diez días hábiles para resolver.

Los postulantes que estimen que las resoluciones de la Superintendencia no se ajustan a la ley, reglamentos o disposiciones que le corresponda aplicar, podrán reclamar de las mismas, dentro del plazo de diez días hábiles, contado desde la notificación, ante la Corte de Apelaciones de Santiago.

Procesos activos

Descarga de Bases y Sistema de Postulación

Para acceder a estos documentos, se requiere una clave de uso único. Para solicitar esta clave, debes presionar el botón Solicitar Clave y completar el formulario que se mostrará a continuación. Si ya has solicitado una clave, presiona el botón Ingresar.




    Procesos cerrados